Circular 02-2014 Medidas para Favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores
(RDL 16/2013 de 21 de Diciembre)
CONCEPTOS SALARIALES COMPUTABLES A LA BASE DE COTIZACIÓN
A partir del mes de diciembre, se definen como conceptos incluidos en la base de cotización:
- La totalidad del importe abonado a los trabajadores por pluses de transporte y distancia
- Mejoras de las prestaciones de Seguridad Social, salvo las correspondientes a la incapacidad temporal
- Asignaciones asistenciales, salvo las correspondientes a gastos de estudios del trabajador o asimilado, cuando vengan exigidos por el desarrollo de sus actividades o las características del puesto de trabajo
- La totalidad de los gastos normales de manutención y estancias generados en el mismo municipio del lugar del trabajo habitual del trabajador y del que constituya su residencia.
DECLARACION DE SALARIOS
A partir del mes de marzo 2014, se establece la obligación para los empresarios, de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada periodo de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social, y aunque resulten de aplicación bases únicas.
FOMENTO DEL TRABAJO A TIEMPO PARCIAL Y DE LA FLEXIBILIDAD EN EL TIEMPO DE TRABAJO
- Los trabajadores a tiempo parcial no podrán realizar horas extraordinarias salvo en los supuestos de prevención y reparación de siniestros y otros acontecimientos extraordinarios.
- Se modifican determinados aspectos de la regulación sobre las horas complementarias (se amplía el posible pacto a los contratos temporales, se reduce el plazo de preaviso para la realización de tales horas, se establece distinción entre horas complementarias pactadas, de realización obligatoria y voluntarias…)
- El periodo de prueba de los contratos de duración determinada cuya duración no sea superior a seis meses, no podrá exceder de un mes, salvo que el convenio colectivo de aplicación prevea otra cosa.
- Se amplia desde los ocho hasta los doce años la edad del menor cuya guarda legal puede justificar una reducción de la jornada del trabajo diario, con la disminución proporcional del salario.
- Se establece el contrato de trabajo de apoyo a emprendedores a tiempo parcial.
- Se amplían las bonificaciones para la contratación indefinido por empresas usuarias de ETT de trabajadores, puestos a su disposición por empresas de trabajo temporal cuando provengan de un contrato en practicas BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS Será de aplicación como base de cotización mínima la establecida para el grupo de cotización 1 del Régimen General, aquellos autónomos que sean socios societarios o estén dados de alta como persona física y tengan 10 trabajadores o más.