Circular 9-2020 PRIMER TRAMO DE LA LINEA DE AVALES ICO
MINISTERIO DE ASUNTOS ECONOMICOS Y TRANSFORMACION DIGITAL
Resolución de 25 de marzo de 2020 por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de marzo de 2020, por el que se aprueban las características del primer tramo de la línea de avales del ICO para empresas y autónomos, para paliar los efectos económicos del Covid-19.
El Consejo de Ministros del pasado 24 de marzo de 2020 acordó las características del primer tramo de línea de avales del ICO para empresas y autónomos conforme a lo establecido en el art. 29 del RDL 8/2020 de 17 de marzo.
Mediante este primer tramo, el ICO gestionará y avalará la financiación otorgada por las entidades financieras a empresas y autónomos para paliar los efectos en su actividad como consecuencia del Covid-19.
Las condiciones aplicables y requisitos a cumplir son:
FINALIDAD
La línea de avales tiene por objeto cubrir los nuevos préstamos y otras modalidades de financiación y las renovaciones concedidos por entidades financieras a empresas y autónomos para atender las necesidades de financiación derivadas, entre otros, de pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante y otras necesidades de liquidez, incluyendo las derivadas de vencimientos de obligaciones financieras o tributarias.
REQUISITOS DEL PRESTAMO
- Se otorgará a empresas y autónomos con domicilio social en España y que se hayan visto afectados por los efectos económicos del Covid-19
- Los préstamos hayan sido formalizados o renovados con posterioridad al 17 de marzo de 2020
- Que el solicitante no figure en situación de morosidad en la CIRBE a 31-12-2019
- Los acreditados no estén sujetos a un procedimiento concursal a fecha 17-3-2020
IMPORTE DEL PRESTAMO
- Hasta un máximo de 1,5 millones de € en una o varias operaciones de préstamo en el que se aplicarán las disposiciones del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión europea sobre las ayudas minimis.
- Para préstamos por encima de 1,5 millones de € hasta el máximo establecido en el Marco Temporal de ayudas de la Comisión Europea
ANALISIS DEL RIESGO
- Se avalarán las operaciones de hasta 50 millones de € que hayan sido aprobadas por la entidad financiera, sin perjuicio de comprobaciones posteriores sobre sus condiciones de elegibilidad
- Se avalarán las operaciones por encima de 50 millones de € una vez que ICO haya analizado el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad
PORCENTAJE MAXIMO DE AVAL
- En el caso de pymes y autónomos, el aval ascenderá como máximo al 80% de la operación
- En empresas que no reúnan la condición de pyme cubrirá como máximo el 70% de nuevas operaciones y el 60% de operaciones de renovación
REMUNERACION DEL AVAL
- Para pymes y autónomos:
- Para avales concedidos a préstamos hasta 1,5 millones €: 0,20 % sobre el importe avalado
- Para avales concedidos a préstamos superior a 1,5 millones €:
- 0,20 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento a 1 año
- 0,30 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento entre 1-3 años
- 0,80 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento entre 3-5 años
- Para empresas que no tienen la consideración de pyme:
- Para avales concedidos a préstamos hasta 1,5 millones €: 0,20 % sobre el importe avalado
- Para avales concedidos a nuevos préstamos superior a 1,5 millones €:
- 0,30 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento a 1 año
- 0,60 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento entre 1-3 años
- 1,20 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento entre 3-5 años
- Para avales concedidos a renovación de préstamos superior a 1,5 millones €:
- 0,25 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento a 1 año
- 0,50 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento entre 1-3 años
- 1,00 % sobre el importe avalado en avales con vencimiento entre 3-5 años
PLAZO DE SOLICITUD
- Podrán solicitarse hasta el 30 de septiembre de 2020.
- El plazo del aval coincidirá con el plazo de la operación hasta un máximo de 5 años