GESTION DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO  (NFU)

El Real Decreto 712/2025 de 26 de agosto, establece el marco legal que regula la gestión de los neumáticos de reposición puestos en el mercado y su posterior tratamiento como residuos, con el fin de prevenir y reducir su impacto ambiental, promoviendo la reducción, reutilización, reciclaje y valorización dentro de los principios de la economía circular.

¿A quién afecta?

Este Real Decreto afecta principalmente a:

  • Productores de neumáticos.
  • Talleres y establecimientos que comercializan, instalan o cambian neumáticos.
  • Gestores de residuos y puntos limpios.
  • Usuarios y poseedores de neumáticos al final de su vida útil.

Información relevante para talleres

  1. Obligaciones para los talleres

1a. Entrega y gestión de neumáticos al final de su vida útil

  • Todos los neumáticos usados generados deben ser entregados a gestores autorizados o al sistema de responsabilidad ampliada con el que tenga acuerdo el taller.
  • No se pueden realizar actividades de selección, clasificación ni venta de neumáticos usados fuera de los canales autorizados, a menos que el taller esté autorizado como «gestor».

1b. Almacenamiento en el taller

  • Los neumáticos recogidos deben almacenarse en condiciones adecuadas: protegidos de lluvia, robos y posibles riesgos.
  • El almacenamiento no puede superar los dos años y está sujeto a cantidad máxima según la autorización correspondiente.
  • El taller debe estar en disposición de acreditar la entrega de los neumáticos para su correcto tratamiento.

1c. Prohibiciones estrictas

  • Está prohibido abandonar, verter o eliminar de manera incontrolada los neumáticos usados.
  • También se prohíbe el depósito en vertederos, salvo usos muy concretos como elementos técnicos de protección.

1d. Facturación e Información al cliente

  • En todas las facturas de venta de neumáticos debe figurar:
  • El número de inscripcióndel productor de neumáticos en el Registro de Productores de Productos.
  • El coste de la gestión ambientalpor cada neumático vendido (repercutido en el precio).
  • Si se vende un neumático de segunda mano, debe entregarse al cliente e instalador un certificado de inspección y verificación, emitido por el gestor autorizado, que garantice que puede reutilizarse con total seguridad (según norma UNE 69051:2017).

1e. Relación con puntos limpios

  • La recogida en puntos limpios municipales o de las administraciones debe realizarse solo a través de las condiciones y convenios establecidos con los sistemas de gestión y gestores autorizados.

 

  1. Obligaciones adicionales y control
  • Los talleres deben asegurar que el gestor al que entregan los neumáticos esté autorizado y cumpla las condiciones técnicas establecidas en el Real Decreto.
  • Las administraciones públicas realizarán inspecciones y controles periódicos para verificar el cumplimiento de estas obligaciones.
  • El incumplimiento puede acarrear sanciones económicas importantes y la suspensión de actividad.
  • Es fundamental conservar justificantes de recogida (albaranes, certificados de gestor…), ya que pueden ser requeridos en inspecciones.

 

JOSGAL ASESORES S.A.