Circular 01-2016. Propiedad Intelectual (SGAE)

PROPIEDAD INTELECTUAL ( SGAE )
Real Decreto 1023/2015, 13 de Noviembre
Real Decreto Legislativo 1/1996, 12 de Abril

• Según la Ley de Propiedad Intelectual, cuando en un local abierto al público se reproduzca audio, vídeo o medios audiovisuales (radio, música, TV, vídeos musicales, hilo musical…) con el objeto que sea, se produce una Comunicación Pública, por lo que tal reproducción está protegida por la Propiedad Intelectual, quedando por tanto obligado a obtener una licencia o permiso de esa propiedad, pagando la cuota que éste le imponga.

• La Sgae, es la Sociedad de Autores y Editores, que se dedica a gestionar los derechos de autor y de sus socios. Y es la encargada de gestionar el cobro y la distribución de los derechos de autor y vela por los intereses de los Editores. Según el Ministerio de Cultura, La Sgae tiene la autorización para desarrollar su actividad de defensa y gestionar los derechos de Propiedad Intelectual.

• En caso de incumplimiento, La Sgae no está facultada para imponer sanciones, ni multas. Pero, si para interponer demandas a aquellos que incumplan la Ley de Propiedad Intelectual.