Circular 02-2016. Convenio colectivo del Siderometal para la provincia de León
Resolución de 7 de enero de 2016 de la Oficina Territorial de Trabajo de León.
- ARTICULO 57º.- PLUS COMPENSATORIO DE FORMACION:
Se acuerda que aquellas empresas que no acrediten su participación en la organización empresarial firmante del presente Convenio la Federación Leonesa de Empresarios (FELE) deberán abonar a sus trabajadores un plus compensatorio de formación, de naturaleza salarial, en cuantía de 25 euros mensuales durante la vigencia del presente convenio.
Se acreditará la participación mediante certificación expedida por la organización empresarial representativa de este sector participe del desarrollo de planes formativos. Dichas certificaciones tendrán validez anual, pudiendo ser renovadas automáticamente.