CIRCULAR 18-2020 INCORPORACION A LA FASE 3 DE LA PROVINCIA DE LEON

El día 8 de junio entró en vigor la Orden SND/520/2020, en cuyo Artículo 3º se actualizan las unidades territoriales a las que es de aplicación la Fase 3, entre las que está incluida la provincia de León, además de Burgos, Palencia, Valladolid y Zamora, dentro de la Comunidad de Castilla y León.

Así mismo, según el Acuerdo 7/2020 de 14 de junio publicado en el BOCYL se establecen medidas específicas a la aplicación de la Fase 3 para las provincias incorporadas a esta Fase 3.

Entre las medidas establecidas en esta Fase 3 podemos resaltar:

  • Se podrá circular libremente dentro de la provincia
  • El uso de mascarilla será obligatorio para todos los mayores de 6 años y siempre que no se pueda mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros

COMERCIO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS

  • Reducción al 50% del aforo. Los ayuntamientos podrán aumentar las superficies habilitadas y los requisitos de distanciamiento.
  • Se realizarán al menos dos veces al día limpieza y desinfección de las instalaciones
  • La distancia entre el vendedor y el consumidor será de al menos 1 metro cuando haya elementos de barrera, o de 1,5 metros sin elementos.
  • Los establecimientos deberán poner a disposición del público dispensadores de geles desinfectantes
  • Se deberán señalar de forma clara la distancia interpersonal de 1,5 metros
  • Los establecimientos del sector textil deberán limpiar y desinfectar los probadores después de cada uso. La prenda probada pero no usada será higienizada antes de poder ser probada por nuevos clientes.

 

HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

  • Reducción del aforo al 50%. Los locales de ocio nocturno no podrán aun abrir.
  • En consumo dentro del local y en terraza al aire libre, únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa. En ningún caso se permitirá el autoservicio ni el consumo en barra por parte del cliente.
  • En terrazas al aire libre se limita el aforo al 75%, manteniendo la debida distancia de 1,5 metros entre mesas o mesas agrupadas. La ocupación máxima será de 20 personas por mesa o agrupación de mesas.
  • Será necesaria la limpieza y desinfección del equipamiento usado por el cliente, en especial de mesas y sillas.
  • Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso.
  • Se eliminarán los productos de autoservicio (servilleteros, palilleros, …)
  • No están permitidas las actividades de juego y apuestas

 

HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS

  • Se podrán reaperturar las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos. Se fijarán por el establecimiento los aforos necesarios para mantener la distancia mínima de 1,5 metros.