GESTION DE NEUMÁTICOS FUERA DE USO (NFU)
El Real Decreto 712/2025 de 26 de agosto, establece el marco legal que regula la gestión de los neumáticos de reposición puestos en el mercado y su posterior tratamiento como residuos, con el fin de prevenir y reducir su impacto ambiental, promoviendo la reducción, reutilización, reciclaje y valorización dentro de los principios de la economía circular.
¿A quién afecta?
Este Real Decreto afecta principalmente a:
- Productores de neumáticos.
- Talleres y establecimientos que comercializan, instalan o cambian neumáticos.
- Gestores de residuos y puntos limpios.
- Usuarios y poseedores de neumáticos al final de su vida útil.
Información relevante para talleres
- Obligaciones para los talleres
1a. Entrega y gestión de neumáticos al final de su vida útil
- Todos los neumáticos usados generados deben ser entregados a gestores autorizados o al sistema de responsabilidad ampliada con el que tenga acuerdo el taller.
- No se pueden realizar actividades de selección, clasificación ni venta de neumáticos usados fuera de los canales autorizados, a menos que el taller esté autorizado como «gestor».
1b. Almacenamiento en el taller
- Los neumáticos recogidos deben almacenarse en condiciones adecuadas: protegidos de lluvia, robos y posibles riesgos.
- El almacenamiento no puede superar los dos años y está sujeto a cantidad máxima según la autorización correspondiente.
- El taller debe estar en disposición de acreditar la entrega de los neumáticos para su correcto tratamiento.
1c. Prohibiciones estrictas
- Está prohibido abandonar, verter o eliminar de manera incontrolada los neumáticos usados.
- También se prohíbe el depósito en vertederos, salvo usos muy concretos como elementos técnicos de protección.
1d. Facturación e Información al cliente
- En todas las facturas de venta de neumáticos debe figurar:
- El número de inscripcióndel productor de neumáticos en el Registro de Productores de Productos.
- El coste de la gestión ambientalpor cada neumático vendido (repercutido en el precio).
- Si se vende un neumático de segunda mano, debe entregarse al cliente e instalador un certificado de inspección y verificación, emitido por el gestor autorizado, que garantice que puede reutilizarse con total seguridad (según norma UNE 69051:2017).
1e. Relación con puntos limpios
- La recogida en puntos limpios municipales o de las administraciones debe realizarse solo a través de las condiciones y convenios establecidos con los sistemas de gestión y gestores autorizados.
- Obligaciones adicionales y control
- Los talleres deben asegurar que el gestor al que entregan los neumáticos esté autorizado y cumpla las condiciones técnicas establecidas en el Real Decreto.
- Las administraciones públicas realizarán inspecciones y controles periódicos para verificar el cumplimiento de estas obligaciones.
- El incumplimiento puede acarrear sanciones económicas importantes y la suspensión de actividad.
- Es fundamental conservar justificantes de recogida (albaranes, certificados de gestor…), ya que pueden ser requeridos en inspecciones.
JOSGAL ASESORES S.A.