NUEVO INDICE DE REFERENCIA DE ARRENDAMIENTOS DE VIVIENDA
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución del 18 de diciembre de 2024, de la Presidencia del INE, por la que se define el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda. “Se fijará como límite de referencia a los efectos del artículo 18 de la LAU (zonas de mercado residencial tensionado), con el objeto de evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos de arrendamiento”.
El INE publicará mensualmente este Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), expresado con dos decimales y utilizando los últimos datos disponibles.
Este índice entrará en vigor el 1 de enero de 2025,
El nuevo índice de actualización de alquiler no se aplicará en los contratos firmados antes del 25 de mayo de 2023, fecha de entrada en vigor de la Ley de Vivienda, los cuales continuarán actualizando sus rentas según lo previsto en las cláusulas recogidas en cada uno de los contratos que los regulan.
Alquileres no residenciales: El IRAV (Índice de Referencia para la Actualización de Arrendamientos de Vivienda) se aplica exclusivamente a los alquileres de vivienda habitual.
Los contratos de arrendamiento de locales comerciales, oficinas, trasteros, garajes y habitaciones o contratos temporales que tienen un uso específico y temporal que no superan los 11 meses (mudanzas temporales por motivos laborales, cambios de residencia por estudios o estancias cortas por turismo, eventos, rodajes de películas o alquileres vacacionales fuera de las temporadas turísticas), no están incluidos en esta regulación y se seguirán rigiendo por el IPC que les corresponda.
En todos los contratos de alquiler firmados a partir del 25 de mayo de 2023 las rentas se actualizarán con este nuevo índice, que se define como el valor mínimo entre la tasa de variación anual del Índice de Precios de Consumo (IPC), la tasa de variación anual del IPC subyacente, y una tasa de variación anual media ajustada. A este valor le será de aplicación un coeficiente moderador atendiendo a las circunstancias del mercado del alquiler de cada momento.
A través del siguiente enlace se podrá calcular la subida de los alquileres de vivienda en función de si se trata de un contrato antes o después del 23 de mayo de 2023. https://www.mivau.gob.es/vivienda/calculadora-precio-alquiler
JOSGAL ASESORES SA